Moros y Cristianos de Calpe

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Carteles de Fiestas de los Moros y Cristianos de Calpe 2008-2003

Abril 30th, 2008 · No Comments · Concursos Fotografías y Carteles

Carteles de Fiestas 2008

El calpino Rubén Buades Casanova con la obra “Foc en Ifac” fue el ganador del “XXX Concurs Nacional de Cartell de Festes de Moros i Cristians” organizado por la Asociación de Moros y Cristianos y el Ayuntamiento de Calpe.La ganadora del concurso en la categoría juvenil fue Angela Montoya Clemente y en la categoría infantil el premio fue para Marina Roselló Puchol

Archivo original del cartel

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Ganador absoluto del Concurso de Fiestas de Moros y Cristianos de Calpe 2008
Ganador juvenil del Concurso de Fiestas de Moros y Cristianos de Calpe 2008

Ganador infantil del Concurso de Fiestas de Moros y Cristianos de Calpe 2008

Ganador absoluto del Concurso de Fiestas de Moros y Cristianos de Calpe 2007

Cartel de Fiestas 2007

Archivo original del cartel

Ganador juvenil del Concurso de Fiestas de Moros y Cristianos de Calpe 2006

Cartel de Fiestas 2006


Archivo original del cartel

Ganador juvenil del Concurso de Fiestas de Moros y Cristianos de Calpe 2005

Cartel de Fiestas 2005


Archivo original del cartel

Ganador juvenil del Concurso de Fiestas de Moros y Cristianos de Calpe 2004

Cartel de Fiestas 2004


Archivo original del cartel

Ganador juvenil del Concurso de Fiestas de Moros y Cristianos de Calpe 2003

Cartel de Fiestas 2003


Archivo original del cartel

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Entrada mora y cristiana 22-04-2008 Moros y Cristianos de Alcoy

Abril 24th, 2008 · No Comments · Moros y Cristianos

Las 28 “filaes” moras y cristianas de Alcoy han tomado hoy las calles del municipio para celebrar el “Día de las Entradas”, acto con el que se rememora la lucha entre las tropas de la media luna y los caballeros de la cruz por la ciudad y la intervención milagrosa de su patrón, San Jorge.
La jornada festiva, la primera de la “trilogía festera”, comenzó a las 6 de la mañana con la “Primera Diana”, momento en el que se izó la enseña de la cruz en el castillo instalado en la plaza de España.
Los primeros en tomar las calles de la ciudad fueron las tropas cristianas, que empezaron a desfilar entre las 6 y las 8 de la mañana.
Hacia las 10, se inició la entrada cristiana desde El Partidor, en la parte alta de la calle Sant Nicolauet, con la que se simboliza la concentración de las fuerzas cristianas en defensa de la entonces villa de Alcoy.

Capitán Cristiano 2008 y séquito
Al grito de “Per Alcoi i per Sant Jordi, avant l’Entrà”, pronunciado por el mayoral de la Asociación de San Jorge, Jorge Reig, arrancó la Capitanía cristiana, ostentada este año por Fernando Santoja, de la filà Alcodianos.
En esta ocasión, el boato del capitán cristiano se complementa con el de la Capitanía mora, ya que ambos conformarán un espectáculo conjunto titulado “Cruïlla de cors”, ideado por el guionista alcoyano Jordi Peidro y otros compositores musicales de la comarca.
El guión de este espectáculo relata la historia de los hermanos Yazid y Sigfrid, hijos de una mora y de un cristiano que son separados a los cinco años de edad y que, una vez ancianos, se reencuentran en la batalla de Alcoy, cada uno en un bando.
Ése reencuentro es el que escenificarán los capitanes moros y cristianos . Sigfrid, representado por Santonja, es caballero de Jaume I, mientras que Yazid, encarnado en la figura del capitán moro, lucha junto a las tropas del jefe de una tribu berebere del norte de África.

Capitán Cristiano 2008 y séquito
El desfile de las huestes cristianas se desarrolló con normalidad, y el capitán hizo su entrada en la plaza de España sobre las 11.30 horas, donde recibió de manos de un niño de su filà las llaves de la villa de Alcoy.
La marcha terminó sobre las 15.15 horas en la Avenida del País Valencià con la llegada del alférez cristiano, representado por Marcos Pérez, de la filá Aragoneses, que desfiló con dos espectáculos traídos desde Aragón: Los tambores de Calanda y las heráldicas de Teruel.
Esta tarde está prevista la entrada mora, que este año estará encabezada por Enrique Carlos Romá, de la Filà Mudéjares, que encarna la figura del capitán.
El desfile de este bando se caracteriza por la suntuosidad del séquito árabe, el colorido y la cadencia de las marchas moras.

Capitán Cristiano 2008 y séquito
Mañana Alcoy vivirá la siguiente jornada de la trilogía, dedicada al patrón San Jorge y a los actos de carácter religioso, y será entonces cuando cobre especial protagonismo el “Sant Jordiet” que, este año representa el niño Jacobo Cerdá, de la filà Almogávares.
Las fiestas de Moros y Cristianos son el resultado de la evolución de una leyenda que se remonta al 23 de abril de 1276, día en el que los defensores cristianos de la villa lucharon contra las tropas sarracenas comandadas por el caudillo Al-Azraq, señor de Alcalá de la Jovada y la Vall de la Gallinera.
Según la tradición, en el momento más cruento de la batalla, el caballero San Jorge apareció milagrosamente e intercedió ante los cristianos , diezmando las huestes musulmanas.
La primera referencia documental sobre estas fiestas está registrada en la “Célebre Centuria”, publicada en 1672 por el cronista local Carbonell.

El Capitán Cristiano 2008, José David, la Primera Dama, Ruth Regalado, y su séquito se desplazaron a ver la Entrada Cristiana y Mora de las Fiestas de Moros y Cristianos de Alcoi. Agradecemos las fotos a Pedro Avargues (aunque no parece que esta la haya tomado él).

Capitán Cristiano 2008 y séquito

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Situación legal de la arcabucería. Por José Luis Mansanet Ribes, Historiador de la Fiesta

Abril 21st, 2008 · No Comments · Moros y Cristianos

I. Antecedentes: La arcabucería es esencial en la variante valenciana de la Fiesta de Moros y Cristianos. Es su carnet de identidad. Su factor diferencial. Se yerra si se cree que los desfiles lo son todo. Hay que mirar con recelo las Fiestas de Moros y Cristianos que no hacen arcabucería. No serían más que una forma de carnaval. Los poderes públicos siempre han mirado con recelo el uso de la pólvora en la calle, sean tracas, pirotecnia, petardos, etcétera, y en especial los disparos festivos de escopetas o trabucos en las calles de la población.
Ya en 1771, Carlos III lo prohibió… «que no se puedan disparar arcabuz o escopeta dentro de los pueblos, aunque sea con pólvora solo». Se había cargado la Fiesta de entonces. Hasta 14 años después, el Consejo de Castilla ante las reiteradas peticiones de las poblaciones de nuestra área, no empezó a dar autorizaciones particulares a cada Fiesta, empezando por Alcoy, que lo consiguió en 1785, Bañeres en 1786, Bocairente en 1796, etcétera.
Lo curioso es que a causa de la invasión francesa, al reanudarse la fiesta sobre 1814, la Administración durante casi dos siglos se olvidó de la arcabucería. Ni la I ni la II República ni el régimen franquista se preocuparon de la arcabucería festiva en la calle, cosa sorprendente en una dictadura y recién salida de una guerra civil.
Fue el Reglamento de Armas R.D. de 25 de septiembre de 1981 el que afectó contundentemente a la Fiesta en tres aspectos.
1) Prohibición de autorización de arcabuces en las calles, sólo en galerías de tiro.
2) Los arcabuces festeros se equiparan a las armas de fuego. Su tenencia y uso requieren una documentación copiosa sujeta a la Intervención de Armas de la Guardia Civil. Algo así como si fuera una pistola.
3) Y además de tener todos los certificados y autorizaciones, cada uno solo puede disponer de un kilo de pólvora.
Se volvía a los tiempos de Carlos III, peor aún, porque se enviaba la Fiesta no a un despoblado, sino a una galería.
II. Gestiones realizadas para la normalización: La Fiesta en su cotidiano hacer no se había enterado del Reglamento de Armas de 1981, y de que le afectaba, pero las intervenciones de armas, encargadas de hacer cumplir el reglamento, empezaron en 1982 a alertar a las poblaciones de la prohibición de la arcabucería en la calle.
La UNDEF hizo en septiembre de 1982 una visita al Ministerio del Interior y logró hacer ver que aquello suponía el fin de la Fiesta de Moros y Cristianos, que tenía una gran expansión y arraigo en la Comunidad Valenciana y en otras, y consiguió que se suspendiera la aplicación del reglamento a la Fiesta hasta nueva orden.
La nueva orden vino en forma de RD de 9 de marzo de 1983, modificando el reglamento de 1981 con un «parche» al artículo 100 c), que dice: «… Salvo en los casos de festejos tradicionales en los que previa autorización del gobernador civil podrán usarse (los arcabuces) en lugares públicos, únicamente con pólvora», y precisarán los certificados correspondientes de la Intervención de Armas.
La Fiesta había logrado sólo la mitad de sus aspiraciones, realizar la arcabucería, pero no el excluir los arcabuces del Reglamento de Armas, ni conseguir la pólvora suficiente, cuestiones que han sido tema de la lucha de la UNDEF por la Fiesta, sin lograrlo. Se imponía y se impone liberar al festero de todo el papeleo de la Intervención de Armas, porque si se le ponen muchas trabas eso puede coartar su voluntad de participar en la Fiesta.
A partir de 1983 se han realizado numerosas visitas al Ministerio, a la Comisión Interministerial de Armas y Explosivos, a la Administración de la Comunidad Valenciana, a las autoridades y políticos de toda ideología, presentando instancias, dossiers y razonando y pidiendo un trato más adecuado a unas Fiestas que tienen innumerables títulos de «Interés turístico» y de «Interés turístico internacional», por lo que es de suponer que merecen tanto protección como una atención preferente.
Hasta el Defensor del Pueblo se ha llegado, quien el 23 de octubre de 1986 elevó un informe al Ministerio, favorable a las pretensiones de la Fiesta, basado en otro informe del gobernador civil de Alicante, igualmente favorable. Nada.
El clamor popular festero, queriendo conseguir que se le da por ley lo que en la práctica se consigue de la «tolerancia política», llegó en el 2001 a las Cortes Valencianas que aprobaron por unanimidad una moción instando al Gobierno Central a regular una normativa adecuada para la Fiesta.
Y el mismo clamor ha llegado a Madrid, al Congreso de los Diputados, de mano de la diputada socialista Clemencia Torrado Rey, que en la comisión de Justicia e Interior logró que se aprobara por unanimidad de todos los partidos una proposición no de ley el 4 de marzo de 2003, «Instando al Gobierno a estudiar la inclusión dentro del Reglamento
de Armas y del de Explosivos de una regulación específicasobre la Fiesta, contando sucolaboración y la de las administraciones implicadas, incluyendo la municipal». Han pasado dos legislaturas y nada, y eran de distinto signo. ¿Dónde está el obstáculo infranqueable?
Se ha tratado de convencer a la Administración: A) De que las armas festeras son simplemente detonadoras por la estructura de su recámara y que no pueden tener ni alcance ni precisión de puntería, y que por su envergadura y peso no se pueden ocultar ni disimular para realizar un acto delictivo. B) Que sin forzar el Reglamento de Armas, se pueden equiparar a las pistolas detonadoras de la categoría 7ª número 6 del artículo 6, para cuya tenencia no se necesita documentación alguna. C) En cuanto a la
pólvora, se da la incongruencia de que si el Reglamento de Armas autoriza con su «parche» la arcabucería en la calle, no hay ningún «parche» similar en el Reglamento de Explosivos que autorice el uso de pólvora para la arcabucería, por lo que reglamentariamente la Administración, si lo quiere no puede dar ni un kilo ni medio ni nada. Y si se da un kilo seguramente es por analogía con el artículo 189 (que se refiere a que los cazadores para poder cargar cartuchos pueden tener un kilo en casa). Pero también se podría aplicar por analogía, de querer hacerlo, el artículo 20-3º que se refiere a una utilización eventual de explosivos.
III. Situación legal actual: Están vigentes el Reglamento de Armas de 1993, y el de Explosivos de 1999, que han dejado las cosas como estaban de 1983. Y eso de que el preámbulo del Reglamento de 1993, se permite decir, cosa extraña, que el Acuerdo de Schegen de la Comunidad Europea sobre armas es menos restrictivo que la normativa española, y cosa rara… «que la variación de los usos sociales y las necesidades subjetivas de los ciudadanos de adquirir armas con fines de seguridad, de ocio y esparcimiento, o de simple ornato»… «por lo que se ha detectado la inadecuación de las normas o su disfuncionalidad para conseguir esos objetivos…». Pero a pesar de esas «propias reflexiones legales», las cosas siguen igual, se ignora completamente a la Fiesta. ¿Dónde está el obstáculo? De las últimas conversaciones con la Comisión Interministerial de Armas, desde 2006 se desprende que se estaría dispuesto a equiparar a los arcabuces festeros con las pistolas detonadoras, siempre que se inutilizara el cañón para cargar metralla, con uno o más pasadores que lo atravesaran, y además se enviarán al banco oficial de pruebas de Éibar. Unos 40.000 arcabuces en el área festera. La Fiesta no está muy convencida de esa manipulación, y además según algunos peritos, con el tiempo podría ser incluso peligrosa. Y de todas formas se necesitaría modificación del reglamento.
En la Comunidad Valenciana la normativa vigente actualmente -ignoro si ocurre lo mismo en otras comunidades-, lo constituye las «Instrucciones sobre autorización del uso de armas de avancarga en fiestas tradicionales», de 8 de marzo de 1999 (Boletín Oficial de la Provincia de Alicante, número 23, de 13 de abril de 1999) que fueron dictadas por Carlos González Cepeda cuando era delegado del Gobierno en la Comunidad Valenciana, y con la voluntad política de resolver problemas, que con diez simples normas le resuelven al festero sus problemas:
A) Tenencia de armas. Basta un certificado de un perito armero de que el arcabuz es idóneo y sus marcas, según modelo que presenta.
B) Para el equivalente del certificado de aptitud psico-física, basta tener certificado de conducir.
C) Para realizar la arcabucería en la calle, que la organización festera pida autorización al delegado del Gobierno con 30 días de antelación a la Fiesta, acompañando: relación de participantes con su DNI; descripción del itinerario y copia de una póliza de seguros adecuada; informe del Ayuntamiento de adoptar medidas de seguridad.
D) Petición de pólvora, y su distribución ante la Guardia Civil y su uso con cantimploras de cierre automático.
Esas instrucciones se podrán calificar como se quiera, pero se han venido prorrogando año tras año hasta el 30 de abril de cada uno. La última prórroga vigente es hasta 30 de abril de 2008, y se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante del 22 de mayo de 2007.
Y a esas normas hay que atenerse en la Comunidad Valenciana.
Esas «instrucciones» podrían muy bien servir de base para una normativa definitiva para la Fiesta, en el Reglamento de Armas y en el de Explosivos.

http://www.morosicristians.com/asocarcabuceria.htm 

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