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BASE
V
RÉGIMEN
ECONÓMICO.
Articulo
lº
El
ejercicio económico de la filá es anual y comienza después de la
Asamblea General de noviembre.
Articulo
2º
Los
fondos económicos se nutrirán de los siguientes recursos: Cuotas de los
socios, subvenciones, donativos y cualquier otro medio licito tradicional.
Sin embargo no podrá utilizar los medios especiales que para recoger
fondos utiliza la Asociación.
Articulo
3º
Se
considerarán gastos ordinarios de la filá, los relativos al
mantenimiento del local y las actividades de Secretaria y Tesorería,
estos gastos son decididos por la Junta Directiva, los demás gastos son
considerados extraordinarios y los decidirá la Asamblea, a propuesta de
la Junta Directiva,
Articulo
4º
Las
cuentas de gastos e ingresos se llevarán con claridad y por el sistema
que el Tesorero crea oportuno, conservando todos los justificantes de las
operaciones efectuadas.
Articulo
5º
Todos
los bienes que posea la filá de cualquier clase serán inventariados
anualmente.
Si
se extinguiera la filá, todos los bienes pasarán a la Asociación, la
cual procederá a la liquidación de su Activo y Pasivo, pagando las
deudas de la fila hasta donde alcance su Activo.
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